Autora: Sharo E. López Javier. Arquitecta-Urbanista e Investigadora principal del grupo de investigación URBES-LAB.
Columna publicada originalmente en Noticias Ser
Hace menos de un mes los vecinos de Barrios Altos del centro histórico de Lima iniciaron la campaña ciudadana “Demandamos vivienda social en Barrios Altos urgente”, la cual ha sido difundida por redes sociales tanto por los vecinos como por activistas culturales, ONG y miembros de la academia. El presente artículo busca reflexionar qué es el derecho a la vivienda adecuada y por qué la población de Barrios Altos ha iniciado tal demanda.
El centro histórico de Lima (CHL), a diferencia de otros distritos de la ciudad, está afrontando un acelerado despoblamiento. De acuerdo con datos recogidos por el Centro de Investigación, Documentación y Asesoría Poblacional – CIDAP (2015), el CHL contaba con 128 403 habitantes en el 2014, siendo 117 731 habitantes menos que en el 2007.
El panorama habitacional no es alentador, pues las condiciones de precariedad se encuentran en aumento. De acuerdo con PROLIMA (2019) alrededor de 60.71% de inmuebles tienen uso residencial, de los cuales el 68.77% se encuentra en condiciones de conservación mala o muy mala. A estos datos se debe añadir los desalojos forzosos por parte de traficantes de terrenos y bandas criminales, lo que se ha convertido en otro problema por resolver (Lopez, 2017; Dammert, 2018).
Las autoridades, a pesar de tener conocimiento del problema, han planteado escasas e ineficaces soluciones. En determinadas áreas del CHL se realizaron proyectos habitacionales que no han tenido el impacto esperado que, por el contrario, han sido puntuales y se encuentran en estado de abandono. Además de estos conjuntos, se han emitido leyes y reglamentos en torno a la renovación urbana. No obstante, marco normativo y proyectos, se han sumado otros fenómenos que han exacerbado la problemática llegando a condiciones que transgreden todo entendimiento de derecho a la vivienda.
La discusión en torno a la vivienda y su reconocimiento como derecho, probablemente, es uno de los temas más repensados a lo largo de nuestra historia. Uno de los primeros en cuestionarse sobre ello fue Friedrich Engels en su libro “Sobre la cuestión de la vivienda”, publicado entre 1872 y 1873; el grupo de artículos de Engels refuta los alegatos y soluciones planteados para la vivienda, los cuales no comprendían su sentido como bien de primera necesidad humana y, por ello mismo, proponían como única vía el acceso a esta desde el enfoque del derecho de propiedad.
En la actualidad, autoras como Erminia Maricato (1997), Ralquel Rolnik (2015) y David Madden (2016) revisan el significado de la vivienda y su reproducción social. De acuerdo con Rolnik (2015) la vivienda pasó a ser entendida de bien social a activo financiero, cuyo impacto se ve reflejado en el incremento de población con hipotecas ejecutadas. Madden y Marcuse (2016) caracterizan a este periodo como la hipermercantilización de la vivienda, en donde “la vivienda es cada vez menos una infraestructura en la que vivir y cada vez más un instrumento de acumulación financiera” (Madden y Marcurse, 2016, p. 49). Esta forma de concebir y de producir la vivienda, sostenida en el paradigma de la vivienda propia, genera desigualdad y exclusión, pues solo los calificados aprobatoriamente por el sistema financiero pueden adquirir la casa soñada. Sin embargo, más allá de ser habitada, la vivienda no es propia sino hasta la cancelación de la deuda de su valor comercial.
Por otro lado, la ONU (2010) y otros organismos impulsan el establecimiento de condiciones de derecho a la vivienda en las normativas de los países. De acuerdo con la ONU (2010, p. 3), el derecho es entendido como “el derecho a vivir en seguridad, paz y dignidad en alguna parte”. Asimismo, el derecho a la vivienda implica la protección contra el desalojo forzoso, a elegir el lugar de residencia, seguridad en la tenencia, asequibilidad, accesibilidad y participación en la adopción de decisiones vinculadas con la vivienda (ONU, 2010). A pesar de ello, en el Perú, la Constitución de 1993 ‒documento elaborado como parte del paquete de reformas neoliberales del régimen dictatorial fujimorista‒ no contempla este derecho, a diferencia de las constituciones los países hermanos como Argentina, Ecuador y España. Asimismo, el derecho a la vivienda ha cobrado la condición de utopía, pues las condiciones de producción capitalista del espacio urbano no son compatibles con su función social.
Finalmente, retornando a la pregunta inicial: ¿por qué la población de Barrios Altos demanda el derecho a la vivienda adecuada? Porque las condiciones de habitabilidad son insostenibles, las soluciones son excluyentes y exclusivas. Los barrioaltinos no están pidiendo la gratuidad de la vivienda, están solicitando soluciones efectivas para vivir en condiciones que permitan revelar su dignidad, y están solicitando participar de manera efectiva en las decisiones en torno al tema. Esta demanda es una llamada de atención tanto a autoridades, academia, profesionales y sociedad; es un llamado a repensar y hacer factible la formulación de vivienda social asequible, sin expulsiones, sin exclusión y con condiciones adecuadas, es un llamado a incorporar el derecho a la vivienda como un bien social y no cómo un activo financiero. Por tanto, es tarea de todos plantearse lo siguiente: ¿Será posible plantear una solución en un sistema en el que se concibe la vivienda como mercancía? Sobre todo, ¿será posible hablar de un centro vivo sin población?
Referencias bibliográficas
CIDAP (2015). Informe técnico “centro vivo y auténtico”. Recuperado en: https://cidap.org.pe
COOPI (2010). Análisis de vulnerabilidad ante sismos del Centro histórico de Lima. Recuperado en: http://sigrid.cenepred.gob.pe
Dammert Guardia, M. (2018) Precariedad urbana, desalojos y vivienda en el centro histórico de Lima. Revista INVI, 33(94), 51-76.
PROLIMA (2019). Plan Maestro del Centro histórico de Lima al 2028 con visión al 2035. Recuperado en: http://www.imp.gob.pe/index.php/plan-maestro
Lopez, S. (2017). Los efectos de volver al centro: desplazamientos sociales en el Centro histórico de Lima (1996-2016). Tesis de maestría. Universidade Federal de Rio de Janeiro, Brasil.
Madden, D., y Marcuse, P. (2016). En defensa de la vivienda. London and New York: Verso Books.
Maricato, E. (1997). A habitação e a cidade. São Paulo: Atual.
ONU (2010). El derecho a la vivienda adecuada (N°21). Recuperado de: https://www.ohchr.org
Rolnik, R. (2015) A guerra dos lugares: A colonização da terra e moradia na era das finanças. São Paulo: Editora Boitempo.
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